Tributacion

¿Cubrir cuotas obrero-patronales con inmuebles?

Por: Julio Octavio Díaz 10 Mar 2024
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Se busca el pago de cuotas ya sea para saldar adeudos o cubrir obligaciones, siempre que estos bienes inmuebles resulten funcionales

Las Comisiones de Seguridad Social y de Estudios Legislativos Segunda avalaron, por mayoría, el dictamen que reforma y adiciona el artículo 253 de la Ley del Seguro Social, en materia de bienes inmuebles susceptibles de incorporarse al patrimonio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

 Esta medida impactará a las empresas establecidas en Jalisco, además del territorio nacional.

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Se trata de un dictamen, que avalaron estos órganos legislativos que presiden la senadora Gricelda Valencia de la Mora y Rafael Espino de la Peña, derivado de una minuta que envió la Cámara de Diputados.

Con ello, se pretende que el IMSS pueda recibir bienes inmuebles que las entidades federativas, los municipios y los organismos descentralizados le cedan con la finalidad de pagar cuotas obrero-patronales, ya sea para saldar adeudos o cubrir obligaciones a su cargo, siempre que estos bienes inmuebles resulten funcionales para cumplir con las facultades y atribuciones del Instituto.

Rafael Espino de la Peña advirtió que estas modificaciones legales tienen inmerso un riesgo, por lo que sugirió que se añadiera al dictamen que el avalúo de los bienes se haga en base a valor comercial, para sujetarlo a valores de mercado.   

En el documento, coincidieron en que hay muchas necesidades de crecimiento de la infraestructura del IMSS, porque existe un rezago que afecta en muchas ocasiones la calidad del servicio.

Sin embargo, en el proyecto se deja claro que no podrán aceptarse los inmuebles como pago de las cuotas correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

“Los bienes tendrán que ser funcionales para cumplir con las facultades y atribuciones del Instituto, previstas en la Ley, deberán estar libres de gravamen, carga, proceso judicial o contingencia de cualquier naturaleza”.

Excepciones para las cuotas

En el documento se precisa, entre otros puntos, que “en ningún caso la dación en pago o el pago en especie dará derecho a la devolución de importe alguno en efectivo, a favor del ente público”.

En la discusión del dictamen, el senador Germán Martínez Cázares, del Grupo Plural, se manifestó a favor de fortalecer las finanzas del Instituto Mexicano del Seguro Social, pero consideró que este puede correr el riesgo de tener un “saldo en contra”, porque no se estipula que el avalúo de los bienes debe ser con valor comercial.

Más cambios al sector salud

También aprobaron por unanimidad reformas a diversas disposiciones de las Leyes General de Salud, del Seguro Social y del ISSSTE, que buscan eliminar toda forma de violencia obstétrica y tienen el propósito de avanzar en la consolidación del modelo de atención a la mujer embarazada con enfoque de derechos humanos y multidisciplinario.

Además, plantea que se establecerá en las leyes que, durante la prestación de los servicios integrales de salud, toda mujer embarazada, si así lo desea, tendrá derecho a estar acompañada, en todo momento, durante la atención prenatal, el trabajo de parto, cesárea y el puerperio, de una persona de su confianza y elección, de conformidad con las disposiciones que a tal efecto emita la Secretaría de Salud y cuando las condiciones así lo permitan.

Y cuando la mujer lo considere y las condiciones médicas lo permitan, se propiciará el apego inmediato con la persona recién nacida”, agrega el documento.

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