SAT lanza requisitos y obligaciones de personas físicas del Resico en Jalisco
El RESICO es el régimen fiscal enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas, las cuales obtienen beneficios
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las personas físicas que deben cumplir con sus obligaciones fiscales para que continúen con los beneficios que brinda el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en Jalisco, como:
- Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5%.
- Cálculo automático de impuestos.
- Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
- Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
- El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
- Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.
Por lo anterior, se les recuerda que para tributar o permanecer en este régimen, las personas físicas, deben:
- Estar activos en el RFC.
- Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
- No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
- Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
- Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
- Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.
- Las personas físicas que residan en el extranjero, que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país; cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, perciban ingresos que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR o sean socios o accionistas de personas morales, así como aquellos que incumplan con los requisitos y obligaciones arriba mencionados, no podrán tributar en los términos de este régimen.
Pymes Resico en Jalisco tienen beneficios
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El RESICO es el régimen fiscal enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), las cuales obtienen los siguientes beneficios:
- Cálculo automático de impuestos.
- Facilidades administrativas.
- Declaraciones programadas.
- Bajas tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Características del RESICO
En él tributan:
- Las personas morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos.
- Las personas físicas con actividad empresarial que ingresen menos de 3.5 millones de pesos anuales.
- En el caso de las personas físicas con actividad empresarial se eliminan:
- Las deducciones dado que el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es automático con base en lo facturado.
- En el caso de las personas morales se permite acumular ingresos cuando, efectivamente, se perciben; esto es, mediante el flujo de efectivo.
- Se propone un esquema de deducción de inversiones a menor plazo.
Cabe señalar que la determinación de los pagos provisionales deja de utilizar el coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal anterior con el fin de apoyar a las micro y pequeñas empresas.
Por otra parte:
- El contribuyente no tiene derecho a deducciones para ISR.
- El contribuyente tiene derecho a deducciones para la Renta Gravable (PTU).
- El IVA de las deducciones es acreditable.
Retención de 1.25% de ISR por personas morales. (Contribuyentes que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener la tasa del 1.25 %).
El contribuyente no tiene derecho al acreditamiento de ISR retenido en pagos provisionales.
Cancelación del CFDI global en el mismo mes. Los CFDI globales se emiten para todas aquellas ventas por las que ningún cliente solicitó un comprobante.
No hay cambios en lo referente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).